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formulario 22

¿Sabes cuáles son las principales obligaciones tributarias de una empresa ya sea grande o pequeña?


En nuestro país es muy común escuchar de los “emprendedores” y es que herramientas como “Tu empresa en un día”, permiten de forma fácil y sencilla la creación de sociedades empresariales.

Es más, según datos de la OCDE, Chile es el país con más emprendedores per cápita, pero únicamente el 8% de los emprendimientos superan los 42 meses por diversas dificultades; una de ellas es no saber controlar aspectos tributarios ni asesorarse para enfrentarlos.

Sin embargo, algo que no está muy claro son las obligaciones tributarias que todas aquellas grandes o pequeñas empresas tienen al momento de conformarse como tal. Es común, encontrarse con pequeños empresarios que acumulan altas sumas de dinero debido a multas cursadas por el Servicio de Impuestos Internos por no haber declarado sus rentas mensuales, anuales, no haber pagado patentes o haber emitido sus declaraciones juradas de forma oportuna.

Es por eso que hoy te queremos contar aquellas obligaciones tributarias que sí o sí debes tener como contribuyente y empresario:

Formulario 22: El Formulario 22 corresponde a la declaración anual de impuestos a la renta, en la cual tributan personas naturales y jurídica, de acuerdo a sus rentas efectivas o presuntas obtenidas en un negocio o actividad, es muy importante que te encuentres al día en tu declaración, para evitar fiscalizaciones por parte del SII.

Formulario 29: El Formulario 29 corresponde a las declaraciones de carácter mensual de impuestos que, legalmente, deben ser retenidos y enterados en arcas fiscales, por ejemplo, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y los Pagos Provisionales Mensuales (PPM), entre otros.

Declaraciones Juradas: Existen declaraciones juradas de renta, sueldo, arriendos, dividendos, entre otros. En el caso de las declaraciones juradas de renta, esta debe ser presentada por las personas naturales o jurídicas que ejerzan o desarrollen una actividad empresarial, que hayan pagado rentas del Artículo 42 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), consistente únicamente en sueldos, sobresueldos, salarios, dietas y cualesquiera otras rentas similares (excluidas las pensiones, jubilaciones o montepíos, que se informan mediante el Formulario N° 1812).s

Formulario 50: Los usuarios del Formulario N° 50 son los contribuyentes que realizan retenciones de impuesto por operaciones efectuadas con personas sin domicilio ni residencia en Chile, como también aquellas dedicadas a la comercialización de combustibles o tabacos, los casinos de juego, los hipódromos, entre otros. Es de carácter mensual y siempre incluye la información del mes anterior.

Patentes Municipales: En el mes de julio de cada año, los contribuyentes que desarrollan actividades en la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, deben pagar la primera cuota anual correspondiente a la patente municipal, la cual se fija en base al Capital Propio Tributario determinado al 31-12 del año anterior, e informado a través del formulario N°22 del mismo año en que se paga esta cuota.

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¿Necesitas ayuda o asesoría tributaria? Contáctanos a contacto@consultoresjyc.cl y te ayudamos a formalizar algunos de estos trámites, no dudes en contactarnos.

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Asesoría Tributaria

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Chile es el país con más emprendedores per cápita, pero únicamente el 8% de los emprendimientos superan los 42 meses. Es por eso que en Consultores y Auditores J&C te queremos ayudar a sacarle el mayor provecho a tu emprendimiento o empresa.

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